La familia chilena Luksic es uno de los grupos empresarios más influyentes de América Latina. Quiñenco, el grupo familiar, controla Antofagasta PLC (Antofagasta Minerals), uno de los mayores productores privados de cobre del mundo, con operaciones de escala global en Chile. En paralelo, es accionista central de Compañía Cervecerías Unidas (CCU),
firma nacida en Chile que desde hace décadas opera en Argentina y que
incluso fue sponsor oficial de la Selección Argentina de fútbol.
CCU, históricamente asociada al negocio cervecero en Chile y Argentina,
también opera en el segmento de bebidas sin alcohol y aguas. Y en esa línea es donde aparece Mendoza.
El 29 de abril de 2022, la compañía francesa Danone anunció
públicamente una alianza estratégica con CCU para el negocio de aguas en
Argentina. La operación, concretada el 28 de abril de ese año, implicó
el ingreso de la compañía controlada por el grupo Luksic con el 49% en
Aguas Danone de Argentina S.A. y en Aguas de Origen S.A., sociedades
vinculadas a marcas como Villavicencio, que produce en Mendoza.
Desde ese momento, el holding chileno pasó a integrar la estructura
empresaria, la misma que interviene en el conflicto judicial por el proyecto minero Paramillos, en Mendoza, muy cerca de PSJ Cobre Mendocino. Se trata de una disputa legal desde la firma francesa contra el estado mendocino.
El grupo chileno no llegó como un mero observador que heredó un
conflicto preexistente. A través de Aguas de Origen S.A., se hizo parte
en uno de los dos procesos que conforman el litigio por Paramillos y
tuvo intervención formal en el otro. Esa participación directa en la
discusión judicial agrega un elemento singular: mientras el holding es
protagonista de la minería cuprífera de primera línea en Chile, integra
en Argentina una estructura que cuestiona el avance de un proyecto de
cobre en Mendoza.
El origen del conflicto: concesión y Declaración de Impacto Ambiental
La historia de Paramillos se remonta a fines de los años noventa. En 1999 se otorgó la concesión minera de Paramillos Sur I, II y III, en el departamento de Las Heras. En
el año 2000 el proyecto obtuvo su Declaración de Impacto Ambiental
(DIA). La titularidad estaba por ese entonces en manos de Minera del
Oeste S.R.L. (MIDO), que también controlaba Paramillos Norte I y II. El
distrito presenta antecedentes geológicos favorables para cobre y oro.
En abril de 2005, MIDO firmó un contrato de exploración con opción a compra con Desarrollos de Prospectos Mineros S.A. (Deprominsa), subsidiaria del grupo canadiense Lundin, que hoy tiene el 50% de Vicuña. El acuerdo apuntaba a realizar tareas exploratorias en la zona.
En mayo de 2006, Aguas Danone de Argentina S.A., propietaria de los terrenos superficiales donde está el yacimiento, interpuso una acción de amparo contra la exploradora,
alegando la falta de servidumbre minera y posibles afectaciones al
recurso hídrico. El 11° Juzgado Civil hizo lugar al planteo y paralizó
los trabajos. Desde entonces, el proyecto no logró avanzar en campañas
exploratorias.
Compra de derechos y escalada administrativa
Además de lo mencionado, Danone
adquirió en 2001 un total de 23 derechos mineros en Las Heras mediante
cesión de José Cartellone Construcciones Civiles S.A.,
incluyendo permisos de exploración y minas dentro y fuera de la zona de
Villavicencio. Esa acción activo a los grupos antimineros mendocinos,
pero a través de manifestaciones en medios de comunicación, la misma
empresa se encargó de aclarar que no quería hacer minería, sino evitar
que se hiciera en el subsuelo de su propiedad superficial.
Eso
derivó en presentaciones judiciales alegando a la Dirección de Minería
actuar sobre las propiedades, como establece el Código de Minería, por
la inactividad de las propiedades, pero el organismo estatal mendocino
nunca actuó contra la compañía, cuestión que derivó en que hasta hoy
sigan con la titularidad de los derechos mencionados.
Desde
entonces y a lo largo de los años, la compañía francesa desplegó una
estrategia judicial y administrativa múltiple vinculada a Paramillos. En
febrero de 2019 interpuso un recurso jerárquico contra las resoluciones
que validaban la DIA del proyecto. En junio de 2023, el gobernador
Rodolfo Suarez rechazó ese planteo mediante el Decreto 1046/2023, lo que
derivó en una nueva Acción Procesal Administrativa ante la Suprema
Corte de Justicia de Mendoza.
Dos causas de fondo ante la Suprema Corte
Actualmente el conflicto se estructura sobre dos procesos diferenciados, ambos desde las compañías hacia el estado mendocino.
El primero cuestiona la validez de la concesión minera otorgada en
1999. Se trata de una Acción Procesal Administrativa promovida
exclusivamente por Aguas Danone de Argentina S.A., centrada en la
legalidad del derecho minero.
El
segundo eje es ambiental. Allí se impugna el Decreto 1046/2023, que
rechazó el recurso jerárquico contra la Declaración de Impacto Ambiental
de exploración. En esta causa actúan como coactoras Aguas Danone de
Argentina S.A. y Aguas de Origen S.A. (Grupo Luksic), sociedad donde
participa CCU.
En la acción
contra la concesión minera, si bien Aguas de Origen no promovió la
demanda principal, la Suprema Corte le dio vista en el incidente de
acumulación y la empresa adhirió al planteo formulado por Danone. De
este modo, la compañía vinculada al grupo Luksic es parte procesal en el
frente ambiental y tuvo intervención formal en el expediente
administrativo a favor de sus socios y en contra del Gobierno de
Mendoza.
En el intertanto, la compañía francesa logró que parte de sus terrenos fueran designados como reserva y como sitio Ramsar.
La última resolución: causas separadas
En febrero de 2026, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza resolvió rechazar un pedido de acumulación formulado por Danone, que pretendía tramitar en conjunto la causa contra la concesión minera y la acción contra la DIA.
El
Tribunal entendió que no se verifican los requisitos del artículo 28 de
la Ley 3.918 para acumular procesos, al tratarse de actos
administrativos distintos, con diferente objeto y en etapas procesales
diversas. También sostuvo que no existe riesgo de sentencias
contradictorias al tramitar ambos expedientes ante el mismo órgano
jurisdiccional.
La consecuencia
procesal es que cada causa continuará su curso por separado. La acción
que cuestiona la concesión minera podrá avanzar sin quedar condicionada
al desenlace del litigio ambiental.
Una tensión que cruza la cordillera
Dentro
de los análisis que circulan en Mendoza también aparecen interrogantes
sobre la posición estratégica que podría asumir el grupo chileno en este
entramado societario. Danone posee derechos mineros sobre 23
propiedades en Las Heras, de las cuales es superficiaria, y si bien la
firma francesa ha sido explícita en señalar que adquirió esos activos
para evitar operaciones mineras en su superficie, algunos observadores
no descartan que, en el marco de la sociedad con CCU, puedan existir
lecturas de mayor alcance vinculadas al control territorial y al
posicionamiento sobre activos estratégicos en la zona.
Mientras
Antofagasta Minerals -controlada por la familia Luksic- desarrolla
operaciones cupríferas que posicionan a Chile como líder mundial en
producción de cobre, en Mendoza una empresa participada por el
mismo holding integra la estructura societaria que sostiene una acción
judicial contra el avance de Paramillos, un proyecto de cobre
que dentro del escaso nivel de exploración que tiene el territorio
mendocino, aparece como una de las propiedades con mayor potencial dados
los indicadores que existen de la zona desde la época de los estudios
realizados por Fabricaciones Militares. De hecho, hoy el Ejecutivo
mendocino apunta a desarrollar un nuevo distro minero, el Distrito
Minero Norte, justamente alrededor de PSJ, mismo territorio en el que se
encuentra Paramillos.
Recordemos
que PSJ Cobre Mendocino es el único proyecto cubicado en Mendoza y está
en etapa de factibilidad para iniciar la construcción. Este proyecto
podría ser el primero en volver a poner a la Argentina en el mapa
mundial de producción de cobre, del cual salió con el cierre de Bajo de
La Alumbrera.
En tanto,
Paramillos, con buenos antecedentes geológicos, una DIA otorgada hace
más de 25 años y un historial de interés internacional, permanece
condicionado por un entramado judicial que continúa abierto. La reciente
decisión de la Corte no define el fondo del conflicto, pero ordena el
escenario procesal y mantiene separadas las discusiones sobre concesión y
ambiente.