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jueves, 2 de julio de 2026

Francia: La hiperfeminización de las cortes galas y el desastre judicial y social

Caos y vaginas

  

 

La hiperfeminización de la magistratura francesa es una de las transformaciones sociológicas más profundas del Estado desde los años 1970.

1946: las mujeres acceden a la magistratura
1950: 5 %
1970: 20 %
1980: 35 %
1990: 50 %
2000: 60 %
2010: 65 %
2020: 69 %
2026: 72 %

Es catastrófico. Decisiones incomprensibles. Afrentas al sentido común judicial. Leyes no aplicadas. Laxismo desmedido. Revancha personal en los casos de divorcio. Reincidencias múltiples interminables. Contextualizaciones permanentes. Victimización e infantilización sistemática de los criminales. Escupitajo burlón a la cara de las verdaderas víctimas. Traiciones. Emocionalismo e ideología por todas partes. Razón en ninguna.
La causa número 1 del caos societal francés.

domingo, 15 de marzo de 2026

Argentina: ¿Para qué quiere la República Argentina a las Fuerzas Armadas?

¿Para qué quiere la República Argentina a las Fuerzas Armadas?

La defensa nacional no se sostiene solo con armas, sino con decisión política, legitimidad jurídica, responsabilidad de mando y disciplina institucional
Por Santiago Sinópoli y Gabriel D'Amico || La Nación




El 29 de septiembre de 1976, en la calle Corro, de la Ciudad de Buenos Aires, las Fuerzas Armadas Argentinas ejecutaron un operativo militar abierto contra una célula orgánica de Montoneros. No fue un secuestro clandestino ni una “desaparición”: hubo tropas uniformadas, cerco del área, intercambio de disparos y resistencia intensa. Fue una operación militar visible; los combatientes montoneros no se rindieron: eligieron combatir hasta el final.

Sin embargo, casi cincuenta años después, quienes participaron de aquel operativo enfrentan hoy un juicio penal bajo la acusación de delitos de lesa humanidad. Esta sola circunstancia obliga a formular una pregunta incómoda, pero inevitable: ¿para qué quiere la República Argentina a las Fuerzas Armadas si, cuando las emplea, décadas después juzga a sus integrantes como criminales?

El juicio, con inicio previsto para febrero de 2026, por los hechos de la calle Corro, se tramita bajo la carátula “Orihuela, Carlos Alberto y otros s/ privación ilegítima de la libertad agravada y homicidio agravado (delitos de lesa humanidad)” contra seis oficiales retirados del Ejército Argentino.

A los acusados, que al momento de los hechos revistaban como oficiales subalternos, se les imputa de modo idéntico cinco homicidios agravados y cuatro privaciones ilegítimas de la libertad agravadas vinculadas a personas detenidas y luego liberadas.

El episodio es calificado como delito de lesa humanidad por considerarlo parte de un “plan sistemático de represión ilegal”. La imputación incluye también la muerte de María Victoria Walsh, pese a que se produjo por suicidio, con el argumento de que el contexto del operativo habría anulado la posibilidad de autodeterminación.

Así, una operación de combate abierta, realizada por fuerzas legales contra una organización armada ilegal que resistió, se reinterpreta como un conjunto de crímenes imprescriptibles. Esta escena no obliga a discutir el pasado en clave sentimental, sino a pensar la República en clave racional.

Si la Argentina necesita Fuerzas Armadas, debe aceptar una verdad elemental: existen para ser empleadas en situaciones límite, cuando el Estado debe protegerse frente a amenazas graves. Para eso el Estado invierte recursos, las organiza, las forma, las equipa y las adiestra, con procedimientos orientados a cumplir la misión. Y si, después de emplearlas, las juzga retroactivamente como delincuentes, la pregunta reaparece: ¿para qué las quiere? Quienes reducen la calle Corro a un eslogan omiten lo esencial: Montoneros no era un partido político ni un movimiento pacífico, sino una organización armada, militarizada y entrenada en tácticas de combate, armas y explosivos, responsable de atentados y acciones violentas contra el Estado y la sociedad argentina. La carta de Rodolfo Walsh tras la muerte de su hija Victoria lo reconoce: ella era un “cuadro” con responsabilidades e instrucción militar.



Frente a ese escenario, el Estado decidió defenderse utilizando su instrumento militar: las Fuerzas Armadas. En toda república, el monopolio de la fuerza no es un privilegio arbitrario, sino una herramienta extrema para preservar el orden y la integridad del Estado cuando es atacado por medios violentos. Si la sociedad decide que el Estado no puede usarla, debe aceptar otra consecuencia: queda inerme frente a quienes sí están dispuestos a hacerlo. Podrá discutirse, con rigor, si existieron excesos o desproporciones, y eso debe analizarse a la luz de tácticas, procedimientos y principios propios de la conducción militar. Lo que no es razonable es convertir el acto mismo de defender al Estado en culpa penal, como si el uso de la fuerza estatal fuera, por definición, ilícito.

Conviene recordar, además, que la acción estatal contra Montoneros no se origina con el gobierno de facto: la organización ya había sido formalmente proscripta por un gobierno constitucional, lo que excluía toda presunción de legitimidad de su accionar armado y habilitaba al Estado a emplear la fuerza para neutralizar la amenaza. Esa ilegalidad es previa e independiente del régimen bajo el cual se ejecutó la operación.

El operativo se realizó en el marco de los decretos de aniquilamiento, del Código de Justicia Militar y de órdenes operativas que constituían el soporte normativo vigente. La legalidad es siempre temporal: el derecho penal republicano exige previsibilidad; nadie puede ser perseguido con reglas creadas décadas después ni con categorías inexistentes al momento de los hechos. Que la operación se haya desarrollado durante un gobierno de facto no vuelve automáticamente ilegítimos los actos del Estado.

La jurisprudencia de la Corte Suprema, especialmente tras 1983, sostuvo reiteradamente que la ilegitimidad de origen de un gobierno no implica la nulidad general de los actos estatales necesarios para preservar la continuidad jurídica y la seguridad, doctrina que reconoce antecedentes históricos como la Acordada de 1930. Si se acepta reescribir la ley hacia atrás, la República pierde su columna vertebral: el principio de legalidad. Cuando la legalidad se sustituye por un criterio moral o político retrospectivo, el juicio deja de ser justicia y se vuelve instrumento. Aquí está el núcleo del problema: se reinterpreta una operación de combate abierta como “lesa humanidad” por provenir del Estado, se diluye la condición armada del adversario y se la etiqueta como “masacre” desde el título. Así se borra la distinción entre fuerza legítima y violencia ilícita. El resultado es una paradoja: se le exige al Estado defenderse, pero después castiga al ejecutor que él mismo formó y ordenó actuar.

El debate sobre el empleo de las Fuerzas Armadas en seguridad interior expone la misma irresponsabilidad estructural: se reclama su participación frente a amenazas complejas —terrorismo, narcotráfico, control de fronteras—, pero se evita dotarlas de un marco jurídico claro. El fallido tratamiento del proyecto de ley sobre reglas de empeñamiento en la Comisión de Defensa lo dejó en evidencia: hubo consenso en la necesidad de emplearlas, pero no voluntad política para fijar reglas, límites y protección jurídica.

Sin reglas de empeñamiento, sin responsabilidades delimitadas y sin previsibilidad penal, el Estado traslada el riesgo al ejecutor. La calle Corro muestra a dónde conduce esa omisión: ayer fue la subversión; hoy puede ser en operaciones como la denominada Operación Roca; mañana, en cualquier otro escenario. La defensa nacional no se sostiene solo con armas, sino con decisión política, legitimidad jurídica, responsabilidad de mando y disciplina institucional. Ningún sistema de defensa funciona si el Estado hoy ordena actuar por la República y mañana redefine ese mismo acto como crimen: se erosiona la confianza, se paraliza la iniciativa y el servicio se vuelve un riesgo personal permanente. La República no puede reclamar Fuerzas Armadas eficaces y, al mismo tiempo, presumir criminal, por definición, el uso de la fuerza estatal.

La calle Corro obliga a una reflexión incómoda: una Nación que no sabe para qué quiere a sus Fuerzas Armadas termina quedándose sin ellas. No solo por falta de uniformes o armamento, sino porque ha vaciado de sentido, de respaldo jurídico y de autoridad al instrumento que dice necesitar. Si la Argentina pretende seguir siendo una República, debe recuperar una idea simple: el derecho existe para limitar el poder, no para reescribir la historia con criterios cambiantes. Cuando la legalidad se suspende porque el acusado es un militar, el problema ya no es el pasado, es el presente. Y una República que convierte en delito lo que ayer ordenó hacer corre el riesgo de no tener mañana a quién ordenar nada.

Santiago Sinópoli es Coronel (R) y abogado

Gabriel D’Amico es General de Brigada (R) 

miércoles, 31 de diciembre de 2025

Argentina: El desastroso poder judicial de la Nación

La crítica mirada de los abogados sobre el Poder Judicial


Dista de resultar sorprendente que la mayoría de la población argentina muestre desconfianza en la administración de justicia. Pero sí llama mucho más la atención que tres cuartas partes de quienes ejercen la abogacía en nuestro país consideren que los tiempos del Poder Judicial son “lentos o muy lentos” y que apenas menos del 4% de ellos los juzguen “ágiles o muy ágiles”. No menos sorpresa provoca que casi ocho de cada diez abogados admitan que han sido testigos de casos de mal desempeño entre jueces y juezas, incluidos presuntos hechos de corrupción, aunque el 35,5% de quienes los presenciaron reconozca no haber hecho nada para denunciarlos.

Semejantes conclusiones surgen de una encuesta anónima y voluntaria llevada a cabo por el Colegio Público de la Abogacía porteño (CPACF) junto con la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), entre el 21 de agosto y el 8 de septiembre de este año, de la que participaron 2118 profesionales del Derecho. El trabajo fue realizado sobre la base de cinco ejes temáticos: tiempos procesales, calidad de las sentencias, desempeño de magistrados, regulación de honorarios profesionales y comunicación con los juzgados y tribunales. Además, se incluyeron preguntas sobre satisfacción con el sistema judicial y sobre los niveles de independencia de los jueces.

Desde la lentitud de las causas judiciales en las que se investiga a importantes funcionarios públicos acusados por escándalos de corrupción en la Justicia Federal hasta el dictado de desproporcionadas sentencias en el fuero laboral, que llevaron a pequeñas y medianas empresas al borde de la quiebra por el despido de un trabajador, han puesto de manifiesto severos cuestionamientos a la Justicia en los últimos tiempos.

Frente al renovado debate sobre la modernización laboral, que el gobierno de Javier Milei impulsa con la declarada intención de favorecer la creación de empleos, asistimos en los últimos días a opiniones de empresarios interesados en subrayar que de poco servirán las leyes si los jueces resultan imprevisibles. Las diferencias de criterios entre magistrados del fuero laboral ante casos similares a la hora de fijar indemnizaciones son un ejemplo. “Hay un clima inflacionario que se traslada a las sentencias judiciales, con criterios que se vuelven absurdos, al punto que los intereses pasan a ser más importantes que el capital. Las sentencias se desvirtúan, nadie sabe lo que se va a fallar, por lo que no se pueden prever gastos”, puntualizó Aldo Álvarez, presidente de la Asociación de Aseguradores Argentinos (Adeaa), para quien hay “incentivos perversos” vinculados con la llamada industria del juicio, aunque destacó que “lo positivo es que, por primera vez, vemos voluntad de subsanarlo”.

A la hora de calificar de 0 a 10 su nivel de satisfacción con el funcionamiento del sistema judicial, los abogados consultados en la citada encuesta lo evaluaron con 5 puntos en promedio, en tanto que calificaron con 4,6 puntos en promedio el nivel de independencia judicial.

En cuanto a los tiempos de tramitación de las causas judiciales, el 77,6% los juzgó negativamente: el 47,1%, como “muy lentos”, y el 30,5%, como “lentos”. Solo el 3,5% los consideró “ágiles” y el 0,2%, “muy ágiles”. Los tres fueros en los cuales una mayor proporción de abogados percibe lentitud son el laboral nacional (89,5%), el de la seguridad social (84,4%) y el civil y comercial federal (82,3%). El fuero comercial nacional es percibido como el más ágil, con el 10,2% de opiniones favorables.


El 79% de los abogados encuestados dijo haber observado casos de mal desempeño de jueces


En cuanto a las causas de la lentitud de la Justicia, el 64,6% menciona falta de eficiencia del personal judicial; el 42,9%, problemas de organización interna; el 32,6%, falta de voluntad de jueces y juezas en hacer avanzar las causas; el 32,2%, diligencias procesales innecesarias, y el 31,4%, falta de jueces y juezas titulares.

Respecto de este último aspecto, se estima que en la Justicia Nacional y Federal hay 337 vacantes que no han sido cubiertas, lo cual deteriora el funcionamiento del sistema judicial.

La duración promedio de las causas, desde la presentación de la demanda hasta la sentencia definitiva, también exhibe debilidades en la percepción de los abogados consultados: para el 42,1%, las causas se extienden en promedio entre dos y cuatro años; para el 34,1%, entre cinco y siete años, y para el 7,7%, entre ocho y diez años. Solo el 10,3% estiman que demoran entre uno y dos años, y apenas el 2% dijo “menos de un año”.

Acerca del desempeño de los jueces, el 69,7% sostuvo que tienen un nivel de formación medio sobre los temas que deben resolver, mientras que el 17,8% consideró que poseen un nivel bajo y solo el 12,5% habló de un nivel alto.

De acuerdo con el sondeo, el 79% de los abogados encuestados dijo haber observado casos de mal desempeño de jueces. Dentro de esa proporción, el 77,7% mencionó demoras excesivas; el 38,1%, la falta de aplicación de la normativa vigente en los casos que resuelven; el 37,9%, parcialidad o falta de independencia en la resolución de un caso. También se mencionaron situaciones de abuso de poder (20,4%) y, en menor medida, entrevistas privadas y actos ocultos (8,8%) y dádivas (2,7%). Cuatro de cada diez entrevistados dijeron haber observado estas situaciones “con mucha frecuencia”.

Un elevado porcentaje de quienes observaron situaciones de mal desempeño como las mencionadas (35,5%) declaró no haber hecho nada. Casi la mitad de estos abogados (48,3%) adujo haber tomado esa actitud ante la creencia de que las acciones no iban a conducir a nada. El 23,9% de ellos aludió al temor a represalias en la misma causa. La tercera razón más elegida fue no tener pruebas suficientes del hecho (11,8%) y la cuarta fue el miedo a tener un caso con el mismo juez en el futuro (11,6%).

martes, 3 de septiembre de 2024

Cómo cambiar para siempre un Poder Judicial corrupto


Cambiando un poder judicial corrupto

Lucha Internacional Contra la Corrupción Judicial: Estrategias y Experiencias

FDRA




  • Si un país tiene un sistema judicial corrupto, tal que nunca un político es juzgado por casi ningún crimen, como han sido las experiencias internacionales para corregir este problema?


La corrupción en los sistemas judiciales, particularmente cuando permite la impunidad de los políticos, representa un desafío grave que socava la confianza pública en las instituciones y debilita el estado de derecho. Diversos países han abordado este problema mediante distintas estrategias, algunas con mayor éxito que otras, y han dejado valiosas lecciones para la comunidad internacional.

Reformas Institucionales: Fortaleciendo la Independencia Judicial

Una de las estrategias más comunes ha sido la implementación de reformas institucionales profundas. Estas incluyen cambios legislativos destinados a fortalecer la independencia del poder judicial y aumentar las sanciones por actos de corrupción. Un ejemplo destacado es Guatemala, donde se creó la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), respaldada por la ONU, que se dedicó a investigar y desmantelar estructuras criminales dentro del gobierno.

En Colombia, la autonomía del Ministerio Público ha sido clave en la lucha contra la corrupción política. La Fiscalía General ha ganado mayor independencia, lo que ha permitido avances significativos en la persecución de delitos de corrupción, demostrando que una fiscalía autónoma puede ser un pilar fundamental en la lucha anticorrupción.

Intervención Internacional: El Papel de los Organismos Globales

En algunos casos, la intervención de organismos internacionales ha sido crucial para apoyar las reformas judiciales y garantizar que se lleven a cabo juicios justos. Además de la CICIG en Guatemala, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la ONU han desempeñado un papel importante en el monitoreo y la presión internacional para que los países adopten y mantengan estándares anticorrupción.

Sociedad Civil: El Poder de la Vigilancia Ciudadana

El fortalecimiento de la sociedad civil también ha sido esencial en la lucha contra la corrupción. En Brasil, organizaciones no gubernamentales como Transparencia Brasil han jugado un papel clave en la vigilancia del poder político, ayudando a destapar numerosos casos de corrupción. Un periodismo libre y fuerte es igualmente crucial; en Sudáfrica, investigaciones periodísticas revelaron varios escándalos de alto perfil que involucraban a políticos de alto rango, subrayando la importancia de la libertad de prensa en el combate a la corrupción.

Transparencia en la Selección de Jueces: Hacia una Justicia Imparcial

Reformar el proceso de selección de jueces es otra estrategia esencial para reducir la corrupción en el poder judicial. En Costa Rica, por ejemplo, el sistema de nombramiento de jueces es considerado un modelo a seguir por su transparencia y meritocracia, lo que ha contribuido a mantener la independencia judicial frente a influencias políticas.

Movilización Ciudadana: La Fuerza de las Protestas

En algunos países, la movilización popular ha sido decisiva para exigir justicia. En Rumania, las protestas masivas contra la corrupción en 2017 llevaron al gobierno a revertir decisiones judiciales que favorecían a políticos corruptos, demostrando el poder de la ciudadanía en la lucha por un sistema más justo.

Cooperación Regional: Un Enfoque Coordinado

Finalmente, la cooperación regional ha sido fundamental en América Latina. Organizaciones como la Organización de los Estados Americanos (OEA) han promovido la colaboración entre países a través de convenciones y programas específicos, como la Convención Interamericana contra la Corrupción, que buscan fortalecer la capacidad de los estados para combatir la corrupción.

Ejemplos Exitosos: Lecciones del Pasado

La historia ofrece ejemplos de éxito en la lucha contra la corrupción. Italia, con la operación "Mani Pulite" ("Manos Limpias") en la década de 1990, y Hong Kong, con la creación de la Comisión Independiente Contra la Corrupción (ICAC) en 1974, son dos casos emblemáticos donde se lograron avances significativos al confrontar la corrupción con determinación y recursos adecuados.

Estas experiencias subrayan que, aunque la lucha contra la corrupción judicial y política es compleja, no es imposible. Con un compromiso firme, la implementación de reformas estratégicas y la colaboración de la sociedad civil y la comunidad internacional, es posible construir un sistema más justo y transparente.


  • ¿Pueden esos cambios, por ejemplo, implicar una cambio de shock, es decir, por ejemplo, reemplazo jueces o cierre de juzgados, en un período muy corto de tiempo?

Reformas de Shock en Sistemas Judiciales: Ejemplos de Cambios Drásticos para Combatir la Corrupción

En varios países, los sistemas judiciales corruptos han sido blanco de reformas radicales que buscan restaurar la justicia y la confianza pública. Estos "cambios de shock" han implicado el reemplazo masivo de jueces, el cierre de juzgados y la creación de nuevas instituciones, todo en un esfuerzo por eliminar la corrupción endémica en un corto período de tiempo. Sin embargo, aunque estas medidas pueden ser efectivas a corto plazo, también presentan riesgos significativos para la independencia judicial y la estabilidad democrática.

El Caso de Perú: Fujimori y la Reforma Judicial

Uno de los ejemplos más notables de un cambio de shock en el sistema judicial ocurrió en Perú durante la década de 1990. El entonces presidente Alberto Fujimori disolvió el Congreso en 1992 y asumió poderes extraordinarios, lo que le permitió implementar reformas drásticas en el poder judicial. Se destituyó a numerosos jueces, se reestructuraron tribunales y se crearon nuevas instituciones judiciales. Aunque estas medidas fueron promovidas como una lucha contra la corrupción, también fueron duramente criticadas por socavar la independencia del poder judicial y consolidar el poder en manos del ejecutivo.

Mani Pulite en Italia: Un Terremoto Judicial y Político

A principios de la década de 1990, Italia vivió un "terremoto" judicial y político con la operación "Mani Pulite" ("Manos Limpias"). Aunque no implicó el reemplazo masivo de jueces, la operación desmanteló un sistema profundamente corrupto y llevó a la caída de toda la clase política tradicional de la época. Esta serie de investigaciones, dirigidas por magistrados y fiscales, resultó en la reestructuración de las instituciones judiciales y políticas, transformando el país de manera radical.

Georgia y la Revolución Rosa: Un Golpe de Timón

Tras la Revolución Rosa en 2003, el gobierno de Mikheil Saakashvili en Georgia implementó una reforma judicial radical para combatir la corrupción endémica. La medida incluyó el despido masivo de jueces y fiscales, el cierre de varias cortes y la creación de nuevas instituciones judiciales. Si bien estos cambios fueron efectivos en reducir la corrupción a corto plazo, también generaron críticas por la rapidez y la falta de debido proceso en la remoción de jueces.

Rumania: Reformas en Respuesta a la Protesta Ciudadana

En Rumania, las protestas masivas de 2017 contra la corrupción forzaron al gobierno a implementar cambios significativos en su sistema judicial. Aunque no fue un cambio de shock completo, sí se realizaron despidos de jueces y fiscales implicados en corrupción, y se reformó el sistema judicial en un esfuerzo por fortalecer la lucha anticorrupción. Este proceso de reformas, aunque rápido, ha sido continuo y ha buscado consolidar la legitimidad del poder judicial.

Ucrania Post-Euromaidán: Purga Judicial en Busca de Transparencia

Ucrania, tras las protestas de Euromaidán en 2014, emprendió una purga en su sistema judicial como parte de una serie de reformas anticorrupción. Jueces fueron destituidos en masa, se establecieron tribunales especializados en la lucha contra la corrupción, y se revisaron las credenciales de los jueces existentes. Aunque estas reformas se implementaron en un corto período de tiempo, su efectividad y el impacto a largo plazo siguen siendo objeto de debate.

Consideraciones y Riesgos

Los cambios de shock en sistemas judiciales pueden ser una herramienta poderosa para combatir la corrupción, pero no están exentos de riesgos. La independencia judicial puede verse comprometida si estas reformas no se manejan con cuidado, y la confianza en las instituciones podría debilitarse si las medidas se perciben como autoritarias o injustas.

A pesar de los desafíos, estos ejemplos internacionales muestran que, con un compromiso firme y la implementación de reformas estratégicas, es posible avanzar hacia un sistema judicial más justo y transparente. Sin embargo, el éxito a largo plazo de estos cambios depende de la legitimidad y el apoyo de la sociedad, así como de la capacidad para mantener un equilibrio entre la eficacia y la justicia.

sábado, 4 de noviembre de 2023

Argentina: El peronismo entrega tierras del EA a los araucanos y son procesados

“Una maniobra que dejó en estado de indefensión al Ejército Argentino”: procesaron a cuatro funcionarios por la entrega de tierras a los mapuches en Bariloche

La Cámara Federal revocó la falta de mérito y procesó a integrantes de la Procuración del Tesoro de la Nación y del Ministerio de Defensa. Los chats que los comprometen en la decisión de no apelar la entrega de tierras


El predio donde funcionaba la escuela militar de Montaña del Ejército y que fue entregado a mapuches

“Ya me bajaron la orden de no apelar, cualquier cambio de rumbo le aviso”. La frase forma parte de los diálogos que tuvieron un grupo de funcionarios que acaban de quedar procesados por incumplimiento de sus deberes, por no haber intentado dar una pelea legal frente a la entrega de tierras a grupos mapuches en los alrededores de la ciudad de San Carlos de Bariloche.

La decisión fue tomada por la Cámara Federal porteña, en un fallo al que accedió Infobae en el que se advirtió que con esta maniobra se “dejó en estado de indefensión al Ejército Argentino”.

Los jueces ordenaron averiguar si eso respondió a una orden de las máximas autoridades de Defensa y de la Procuración del Tesoro de la Nación. El fallo expone además una paradoja: precisamente los únicos que con este escenario podían haber apelado era el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), el organismo que, desde el Estado, representa a los mapuches y obviamente no lo hizo.

Todo se enmarca en un conflicto que tiene varias aristas. Hoy, la Corte Suprema de Justicia tiene bajo estudio el fondo de la cuestión: si el máximo tribunal puede revisar la decisión de una jueza de Bariloche que, a través de un amparo, hizo entrega de ese predio que pertenecía al Ejército.

El caso

Un abrazo de vecinos al predio del Ejército en medio del conflicto

Se trata de un predio ubicado en la zona de la ruta provincial 82, entre Virgen de las Nieves y Villa Los Coihues. Este terreno pertenece desde 1937 al Ejército Nacional. Sin embargo, las familias de Millalonco Ranquehue aseguran que habitaban este territorio desde fines de siglo XIX, antes de que se establezcan las tropas militares en el lugar. El predio fue reconocido como territorio de los Ranquehue por el Estado Nacional mediante una resolución del INAI del 2012. Pero estas tierras están en manos de la Escuela Militar de Montaña, fundada en el año 1964, y se usan para perfeccionar a las tropas de Montaña del Ejército Argentino, para preparar a las patrullas para el rescate de andinistas civiles y militares en las situaciones extremas de la alta y media montaña, y también para el pastoreo del ganado.

En Bariloche, la causa comenzó a fines del 2020. En la demanda se sostuvo que “la pertenencia de la Comunidad Millalonco Ranquehue al pueblo mapuche se encuentra sobradamente comprobada en múltiples informes e instrumentos obrantes en la carpeta técnica ley 26.160″. Esa ley, sancionada en 2006, ordenó relevar las tierras ocupadas por las comunidades indígenas a lo largo del territorio nacional y frenar los desalojos de las tierras ocupadas tradicionalmente por las comunidades indígenas. En ese contexto, se disponía un relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas.

La comunidad Millalonco dijo en la Justicia que el INAI ya había mensurado sus terrenos en 2011, pero que todavía la comunidad no tenía el título de propiedad comunitaria. Por eso solicitó “la inmediata transferencia directa a la Comunidad”. En el marco de la tramitación del amparo, tanto el Congreso como el Estado Nacional -a través del Ministerio de Defensa- rechazaron el planteo. Lo mismo hizo el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI).

Sin embargo, la jueza federal de Bariloche hizo lugar al planteo y ordenó al Poder Ejecutivo Nacional que en el término de 60 días –a partir de que quede firme esta sentencia-, transfiera a título gratuito, al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, el dominio de las tierras cuya mensura fue aprobada por Resolución N° 1174 del INAI, a los efectos de su adjudicación —en forma inmediata— en propiedad a la Comunidad accionante. Además ordenó pagar las costas al Estado.

Edificio Comodoro Py (Maximiliano Luna)

Ese es el fallo que tardó en apelarse. Y por eso se abrió una causa en Comodoro Py 2002, que impulsa el fiscal Carlos Stornelli, en la que se busca esclarecer la responsabilidad de los que habrían participado en que esa decisión quedara firme.

El juez federal Daniel Rafecas entendió primero que aquí no hubo delito y sobreseyó a los denunciados. A su juicio, “más allá de la nota administrativa enviada al Ejército Argentino en forma tardía, esa institución ya había tomado conocimiento de la sentencia y que lo aquí sucedido, no es más que un ejemplo de las distintas posiciones internas dentro del Poder administrador en torno al tema en cuestión”. Pero ya la Cámara Federal, en octubre pasado revocó ese criterio y ordenó profundizar la investigación. En ese contexto, llamado a resolver, firmó la falta de mérito de los involucrados porque no había pruebas suficientes en su contra, pero la fiscalía apeló.

Eso es lo que revisaron los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens. Y en un fallo firmado hoy resolvieron el procesamiento de la abogada designada por la Procuración del Tesoro para representar al Ministerio de Defensa en la causa Silvia Vázquez; de Nicolás Rodríguez Vaccarezza, integrante del cuerpo de abogados del Ministerio de Defensa; de Leonardo Havela, director de Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa; y de Agustín Gasparini, director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Defensa.

Para llegar a esa conclusión, los jueces revisaron los actos administrativos pero también las conversaciones entre los involucrados. De ahí surge un dato clave. Las comunicaciones por la aplicación “WhatsApp” entre la Vázquez y Gustavo Said -jefe del Departamento Contencioso Judicial de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ejército Argentino- relacionados al envío del proyecto de escrito de apelación. Said le avisa que “.el tema de las comunidades indígenas es de trascendencia institucional para el Ejército”. Sin embargo, la apelación llega tarde y por eso ni fue considerada por la Cámara Federal de General Roca.

El conflicto mapuche en Bariloche

Durante ese tramo, Vázquez le pide varias veces instrucciones a Rodríguez Vaccarezza y le advierte sobre el vencimiento del plazo que operaría por la mañana del día subsiguiente y reitera que aguarda instrucciones. La respuesta llega al día siguiente. El hombre le pide disculpas por la demora en responder y refiere que estaba en conversaciones con sus superiores a efectos de recibir instrucciones. También le avisa que “aparentemente” la resolución no sería apelada.

Un rato después, Vázquez insiste: le avisa que el conflicto salió en la tapa de los diarios locales y “es un tema muy sensible en Bariloche”. Horas después, Vaccarezza responde: “Sí, la entiendo, ya tomó estado a nivel nacional la noticia, seguramente la apele el INAI, ya me bajaron la orden de no apelar, cualquier cambio de rumbo le aviso”.

Al día siguiente, 4 de febrero de 2022 a las 12:00:45 horas, Rodríguez Vaccarezza le comunica a Vázquez: “Doctora, recién me llamó el -director de asuntos jurídicos del Ministerio-, a pedido del ejército quiere que apelemos la sentencia, le pido que esté atenta ya que en algún momento del día o inclusive en el fin de semana le voy a enviar la apelación. Tenemos las dos primeras del lunes”.

Cuando la apelación llegó, la Cámara Federal de General Roca advirtió que la abogada Vázquez no estaba formalmente presentada en el expediente. De inmediato, Marta Ranquehue (werken), representante legal de la Comunidad Mapuche Millalonco Ranquehue, reclamó “rechazar la apelación del Ejercito Argentino por haber sido presentada de manera manifiestamente extemporánea”.

“No se discute que el Ministerio puede asumir por sí la tutela de los intereses particulares de quienes lo integran, como lo hizo en este proceso o delegar ese cometido, inicialmente o durante el transcurso del juicio, en la fuerza respectiva; más no podría sacar una ventaja de esa encomienda para – como aquí quiere hacerse- extender plazos procesales que se encontraban corriendo al momento de la delegación”, dijeron en aquel momento los jueces Mariano Roberto Lozano y Richar Fernando Gallego. El tribunal decidió rechazar la apelación. Hay un recurso extraordinario presentado ante la Corte Suprema.

El predio en conflicto abarca 170 hectáreas ubicadas en Virgen de las Nieves, a 9 kilómetros del centro de Bariloche

La Cámara Federal porteña advirtió: “Se aprecia una maniobra -en principio- concretada por funcionarios públicos del Ministerio de Defensa de la Nación, que dejó en estado de indefensión al Ejército Argentino en el expediente N° 8355/2020 del Juzgado Federal de la localidad de San Carlos de Bariloche, quien resultó ser el directo perjudicado en la acción de amparo”.

Para el tribunal, “no se puede soslayar” la voluntad de la Fuerza Armada para continuar con la acción en esas actuaciones, cuyo trámite al día de hoy se encuentra a estudio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Esto no sólo por las razones estratégicas del inmueble en materia de defensa nacional; sino también, porque allí se encuentra un complejo educativo de nivel internacional para la instrucción de personal en técnicas básicas y avanzadas del trabajo militar en la montaña. Por lo tanto y en razón de los elementos de convicción citados, resulta verosímil la ilicitud descripta”. En ese contexto, los jueces ordenaron investigar si “los acontecimientos fueron producto de una actuación aislada de las personas aquí incriminadas, o eventualmente fue una decisión que se gestó en instancias superiores”.

Es que además el fallo subrayó: “no puede dejarse mínimamente de señalar, observar o significar, la incidencia que puede haber tenido en los hechos aquí reprochados la admisión de la acción en la que procesalmente se dio trámite a la cuestión aquí analizada. El tratamiento por acción de amparo, con su características excepcionales y plazos brevísimos, pareciera no tener correlato con las circunstancias fácticas que debían develarse”.

“Hablamos concretamente de una transmisión del derecho de propiedad, vía esta acción excepcional, que sólo resulta admisible ante la existencia de graves amenazas y exigentes requisitos que debería analizarse si resultaron verificables y justificados. También la suspicacia que despierta que quedara como único demandado un Instituto cuya función era tuitiva de los derechos del accionante, casi una ficción de contienda. De ahí se dependería la respuesta a que no haya tampoco apelado”, se señaló.

Bajo esta lógica, la Cámara Federal procesó a los funcionarios. “Lo expuesto hasta aquí permite sostener la responsabilidad de Gasparini, Havela, Rodríguez Vaccarezza y Vázquez en los hechos. Estos infringieron los deberes que estaban a su cargo en razón de la condición de funcionarios públicos que detentaban en ese momento y de la especial situación funcional que los unía como representantes del bien comprendido en el litigio”. Y se resaltó: “No olvidemos que, en los delitos especiales, los autores están obligados como garantes a la tutela institucionalmente asegurada de un bien”. El tribunal le ordenó a Rafecas fijar el monto de los embargos.



martes, 8 de agosto de 2023

Argentina: El narcotráfico presente en el gobierno kirchnerista y la amenaza al periodismo

Triple crimen y narcotráfico: la Justicia les regala impunidad a Aníbal Fernández y su socio Pérez Corradi

Las pruebas que no tienen en cuenta los jueces.


Diario Mendoza Today







Este miércoles, Ibar Esteban Pérez Corradi, condenado en la Argentina por tráfico de efedrina y requerido en extradición, quedó en libertad por decisión de la jueza Sandra Arroyo Salgado. La magistrada adoptó esa decisión después de que Estados Unidos desistiera del pedido que había formulado y mantenido desde 2008.

La movida no es nueva ni casual, es parte de una trama que empezó hace casi tres años. Y avanza en un camino peligroso, que busca la impunidad para los verdaderos responsables de lo ocurrido en agosto de 2008.

Refiere la trama al triple crimen de General Rodríguez, donde cayeron bajo una lluvia de balas Sebastián Forza, Damián Ferrón y Leopoldo Bina. En el contexto de una trama que mezcla la política, el narcotráfico y el crimen organizado.

En un principio, la investigación judicial se direccionó hacia un grupo de narcos mexicanos, de los cuales no existe hasta el día de hoy una sola evidencia que los complique.

Quien ofició la maniobra fue un juez llamado Federico Faggionato Márquezquien terminó siendo destituido por el estrago judicial.

Fue cuando se comprobó que los responsables materiales del triple asesinato eran lugartenientes de Aníbal Fernández, otrora jefe de Gabinete del kirchnerismo. Principalmente los hermanos Martín y Cristian Lanatta, y Víctor Schillaci.

A estos se sumó el ya mencionado narco Pérez Corradi, “socio” del siempre inefable Aníbal.

Las pruebas contra todos ellos abundan en el expediente judicial. Con un agregado indispensable: todo se llevó adelante en la localidad de Quilmes, donde el exjefe de Gabinete es dueño y señor.

Por eso, para poder hacer el trabajo sucio y regresar la investigación a los días de Faggionato, se buscó la intervención de la jueza María Romilda Servini, siempre afecta a “resolver” los conflictos del peronismo.

La misma que “zafó” a Carlos Menem en la causa del “Yomagate” en los años 90 y llegó a sobreseer a Máximo Kirchner y Eduardo De Pedro en la escandalosa investigación por la cartelización de la obra pública hace tres años.

Hay que decirlo: Servini es la magistrada que viene desviando la causa por el triple crimen con una eficacia descomunal, exponiendo a los pocos que hemos investigado el caso con independencia y beneficiando a los culpables. Sobre los cuales, insisto, hay prueba judicial de sobra.

Baste mencionar que, como publiqué en abril de este año, la jueza publicó las conversaciones que mantuve con algunas de mis fuentes de información en el marco de este expediente.

Ello provocó que mis usuales informantes de la política hoy no me atiendan el teléfono, temerosos de que se conozcan nuestros diálogos.

Dicho sea de paso, una de mis fuentes más importantes en esta causa ha sido el propio Sebastián Forzaquien me anticipó en mayo de 2008 que sería asesinado por personeros del kirchnerismo, por haberse metido en sus negocios. Principalmente la mafia de los medicamentos y el narcotráfico. Tres meses después, fue muerto a balazos.

Los detalles de aquella conversación y la intentona de Faggionato Márquez de desviarse de la ruta de la verdad fueron publicados por el portal que dirijo desde 2003, Tribuna de Periodistas, en aquellos días de 2008/2009.

Es lo que ahora mismo está por regresar. Con igual o mayor impunidad. Asegurando que el triple crimen fue obra de un grupo de mexicanos molestos por un supuesto cargamento de efedrina adulterado.

Hay una enorme parodia en el juicio para tapar la mugre; y todos con Anibal a full”, me dijo al respecto Alejandro Sánchez Kalbermatten, abogado de la viuda del asesinado Bina.

En realidad “ex abogado”. Porque la mujer decidió reemplazarlo por otros dos letrados. Justo después de que este apelara la falta de mérito que benefició a Pérez Corradi. Fue el único que lo hizo, poniendo en juego su propia integridad.

Ergo, está claro que se busca la impunidad de los verdaderos responsables. Porque Kalbermatten fue el único —y el último— en avanzar en la pista que involucra a la política argentina. Dejando de lado —o relativizando— la participación de mexicanos.

Lo que viene ahora ya lo hemos vivido: se acusará por el triple homicidio a un mexicano llamado Rodrigo Pozas Iturbe, quien ya fue sobreseído en su momento en el mismo expediente. Se lo vinculará a Mario Segovia, conocido como el “Rey de la efedrina”, quien en realidad está relacionado con Aníbal Fernándezcomo revelé en esta nota del año 2009.

Es la labor que le fue asignada a Servini por parte del exjefe de Gabinete. Siguiendo a pie juntillas la estrategia del abogado de Pérez Corradi Juan José Ribelli, echado en su momento de la Policía Bonaerense por corrupto.

Una digresión al respecto: en 2009 debí abandonar repentinamente la Ciudad de Buenos Aires por los aprietes y amenazas que recibí por investigar de manera independiente tal trama, provocando el giro del expediente judicial. Desde entonces vivo en el interior de la Argentina.

Entonces me pregunto: ¿Deberé volver a mudarme, sabiendo que los responsables del triple crimen quedarán libres e impunes? ¿Está en riesgo mi vida o debo despreocuparme por la liberación de estos personajes, que ya demostraron de qué son capaces?

De pronto, repiquetea en mi cabeza aquella frase de Karl Marx, “la historia se repite dos veces, la primera en forma de tragedia y la segunda en forma de farsa”.

martes, 17 de noviembre de 2020

"Grupos S": Procesan a miembros de grupos de ultraderecha alemana



Sospechosos de grupos de autodefensas de derecha




El Fiscal Federal ha presentado cargos contra el llamado "Grupo S". Según información de WDR, NDR y SZ, el presunto cabecilla había reclutado a sus compañeros de campaña principalmente de grupos parapoliciales, cuyo potencial terrorista había sido advertido durante algún tiempo.

Por Tobias Dammers, NDR y Lena Kampf, WDR || Tageschau

Es uno de los procedimientos de investigación más importantes que ha llevado a cabo la LKA Baden-Württemberg: para el Fiscal General Federal (GBA), la comisión especial "Valence" ha estado en acción con cientos de funcionarios en los últimos meses, realizó 53 registros y encontró más de 1200 pruebas. seguro, incluidos alrededor de 300 teléfonos móviles, computadoras o discos duros. En total, los investigadores evaluaron casi 18 terabytes de datos, incluidos alrededor de 60 millones de mensajes de voz y chat, fotos y videos. Se entrevistó a más de 50 testigos.

La acusación de la GBA se encuentra ahora ante el Tribunal Regional Superior de Stuttgart. Según información de WDR, NDR y SZ, las acusaciones se han vuelto aún más duras después de los arrestos en febrero en el curso de la investigación. Doce hombres están acusados ​​de haber fundado el grupo terrorista de derecha "Gruppe S." bajo el liderazgo de Werner S. y su mano derecha Tony E. fundada para cometer ataques contra mezquitas, refugiados y políticos. Se supone que su objetivo era desencadenar "condiciones similares a una guerra civil" en Alemania.

 

Dinero prometido para armas

Según la GBA, nueve de los hombres son considerados miembros, uno como simpatizante. Otro presunto partidario murió bajo custodia en junio. La acusación, de alrededor de 200 páginas, establece que se dice que el presunto grupo terrorista se fundó en septiembre de 2019 en una reunión en Alfdorf. En dos reuniones más, el plan de los hombres, que por lo demás se comunicaban principalmente en diferentes grupos de chat, debería haberse concretado.

Se dice que los ataques a mezquitas se discutieron en una reunión en Minden a principios de febrero, y los hombres también acordaron proporcionar dinero para la adquisición de armas. Uno de los hombres se había ofrecido a la policía como informante y había informado ampliamente sobre el grupo.

Según información de WDR, NDR y SZ, diez de los doce hombres eran miembros de grupos de autodefensa y más de la mitad de ellos fueron observados por las autoridades de protección constitucional. Pero no todos estaban ya en la pantalla de las autoridades. Werner S. había estado conectado en la escena de la derecha durante años. Se dice que ocupó el cargo de "Sargento de armas" en el grupo "Soldados de Odin Alemania". Este es un grupo de vigilantes que se fundó en 2017 sobre la base del modelo de un extremista de derecha finlandés. Es el único grupo de vigilantes que mantiene subdivisiones en casi todos los estados federales. 


Muchos ya eran líderes en grupos de justicieros.

Werner S. estuvo activo en Baviera, donde la Oficina Estatal para la Protección de la Constitución clasifica a los "soldados de Odin" como extremistas de derecha. Werner S. también era conocido por la Oficina del Estado allí bajo su alias "Teutonico". Además, S. participó activamente en el grupo nacional neonazi "Freikorps", que, sin embargo, ya no es supervisado exhaustivamente por la Oficina de Protección de la Constitución. La última información oficial sobre los "Freikorps" proviene de 2017.

Otros ocho miembros del "Grupo S." estaban activos en grupos de vigilantes. Algunos de ellos ocupaban puestos directivos de alto rango en el "Freikorps", en la "Hermandad de Alemania", "Vikings Security" y "Wodans Erben Germania". Seis de ellos, como Werner S., fueron observados por autoridades de protección constitucional. Sin embargo, cuatro de los presuntos miembros del grupo S. eran completamente desconocidos para las autoridades de protección constitucional.

El extremismo de derecha entró en la clase media

El número de grupos parapoliciales de extrema derecha y de derecha en Alemania ha aumentado drásticamente desde 2016: los extremistas de derecha intentaron en el curso de la crisis de refugiados relacionarse con un presunto sentimiento de inseguridad en la población y garantizar el "orden público" en el lugar con caminatas supuestamente inofensivas.

Los expertos observaron con preocupación cómo esto hacía compatible el extremismo de derecha con la burguesía. Muchos grupos de autodefensas también están activos en las protestas de Corona hoy, la más reciente en la manifestación en Leipzig.

La Oficina Federal para la Protección de la Constitución ya había advertido sobre el "potencial terrorista de derecha". A menudo hay una transición suave a un "comportamiento violento".

El abogado defensor de Werner S. no pudo ser contactado para hacer comentarios.

 

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